Detalle de Sanción
202108
Moral
LRITF
- Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera
LRITF
- Artículo regulador: 12 Artículo sanción: 110, párrafo tercero
$86,880.00
Multa (Sanción Pecuniaria)
LRITF
- Usar expresiones (incluso en idioma inglés) referidas a conceptos y productos reservados a instituciones de tecnología financiera, concretamente a las instituciones de fondos de pago electrónico, a través de su publicidad (página de internet), sin que tenga el carácter de entidad financiera autorizada para ello en términos de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, por las que se puede inferir la realización de actividades reservadas a las instituciones de fondos de pago electrónico.
ESA SOCIEDAD, USA PALABRAS EN PÁGINAS DE INTERNET QUE EXPRESAN IDEAS SEMEJANTES A LAS INSTITUCIONES DE FINANCIAMIENTO COLECTIVO, TANTO EN IDIOMA ESPAÑOL COMO EN INGLÉS, POR LAS QUE PUEDE INFERIRSE LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES RESERVADAS A DICHAS INSTITUCIONES
2020
02/07/2021
Juicio de Nulidad
Ninguno
Fecha de Consulta: 15/03/2025 4:37:39